Desgravar la reforma de un local
La reforma de un local puede convertirse en un verdadero dolor de cabeza, sobretodo si acabas de empezar y todo son gastos. Sin embargo, no te preocupes porque en este artículo te vamos a contar todos los detalles que debes conocer para desgravar tus reformas y ahorrarte una cantidad importante de dinero frente a hacienda.
Lo primero que debemos saber es si la reforma que hemos hecho en nuestro local supone un gasto o una inversión, y dependiendo de cómo sea considerada, podremos desgravar de una forma o de otra. A continuación, te explicamos la diferencia entre estos dos tipos de gastos deducibles en tu declaración.
¿Cuál es la diferencia entre gasto e inversión en una reforma?
El Plan General Contable establece la diferencia entre gasto e inversión en una reforma. A continuación te mostramos cuál es la diferencia entre estos dos conceptos que pueden resultar tan parecidos:
- Hablamos de un gasto cuando, por ejemplo, tenemos que hacer una sustitución de una tubería porque se encuentra en malas condiciones. El estado del local no cambia, ni tampoco sus funcionalidades, simplemente es una reparación que puede desgravar en el IRPF y en el IVA en el caso de que sea necesaria para desarrollar la actividad. Su objetivo no es cambiar ni ampliar las actividades que se desarrollan en el local.
- Hablamos de una inversión cuando se modifica, total o parcialmente, el uso o las funcionalidades del local, y con el que pretendemos obtener un beneficio en el futuro. La reforma integral de una oficina con mobiliario (sillas, mesas, armarios, sillones, etc) se consideraría dentro de este apartado, por lo que en este caso podrás desgravar año a año en concepto de amortización del inmovilizado.
Desgravar una reforma de mi local
Una vez que empieces la obra, y conforme vaya desarrollándose, deberás declarar los distintos ingresos y gastos que vayas teniendo en el desarrollo de tu actividad, habitualmente mediante el modelo 111 de Hacienda, con el que trimestralmente presentarás el IRPF.
Una reforma puntual de un local comercial, como tal, se entiende como un gasto corriente dentro del Plan General Contable, y como gasto es deducible en el IRPF y, en el caso de que fuera una tarea necesaria para el desempeño de la actividad económica, también lo será en el IVA soportado. Esto deberemos añadirlo dentro de nuestras declaraciones.
Si bien esto es, por término general, lo que ocurre en caso de una reforma, deberemos tener en cuenta que una reforma integral o una ampliación de nuestro local no se debe deducir de esta forma.
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Reforma integral o ampliación de local
A pesar de que, como dijimos, la reforma de un local suele tener la posibilidad de desgravar, no siempre es así directamente. En el caso de una gran reforma, no podrás contabilizar el importe de la reforma como gasto, sino como inversión.
Al contabilizar una inversión, el gasto realizado no se desgrava de una vez, sino que deberás atenerte al método de Amortización del inmovilizado, de tal forma que anualmente desgravarás una parte en concepto de gasto, y de esta forma, todos los años recibirás un porcentaje de reducción en tus impuestos por la reforma realizada en tu local.
Después de todo esto, como ves, es muy fácil desgravar todos los gastos derivados de la reforma, por lo que los costes totales asociados a este tipo de inversiones terminan mereciendo la pena a largo plazo. Ten en cuenta que una reforma te puede dar más beneficios y además reducirá los costes que te suponga desarrollar tu negocio.
Si ya te has decidido, en Aceroffice estaremos encantados de conocerte y ayudarte a hacer la reforma que lance a tu negocio al estrellato. No dudes en consultar nuestro portfolio de reformas y en solicitar tu presupuesto para empezar a ganar más dinero con tu negocio.
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